jueves, 13 de diciembre de 2007

JUICIOS ORALES

Los Juicios Orales son procesos judiciales del Common Law o Derecho Anglosajón, que es el sistema jurídico derivado del que se aplicaba en la Inglaterra medieval y que es utilizado en gran parte de los territorios que tienen influencia británica. Se caracteriza por basarse más en la jurisprudencia (Costumbre) que en las leyes. Estos procesos se caracterizan por la transparencia y la eficiencia, toda vez que los casos son ventilados públicamente, frente a la presencia del Juez y de las partes, y donde acusados y víctimas tienen la oportunidad de presentar sus argumentos de viva voz, frente a todos. La oralidad en la justicia es parte de un sistema judicial de tipo acusatorio, que incluye también otros componentes substanciales como son las salidas alternas, la mediación y la profesionalización de policías, jueces, ministerios públicos y defensores, en busca de hacer que la justicia sea rápida, transparente y de calidad.

En conocido Café del centro de la ciudad nuestros amigos dialogaban sobre la propuesta de reformar el sistema de impartición de justicia para implementar los juicios orales en nuestro país, tanto a nivel estatal como federal, presentada por comisiones de la Cámara de Diputados y que aprobaron la noche del lunes las modificaciones a 11 artículos de la Constitución, en lo que algunos consideran la mayor reforma judicial en la historia reciente del país. La iniciativa establece la aplicación de juicios orales para sustituir a los procesos que actualmente se realizan a puerta cerrada y basados sobre todo en testimonios escritos, lo que para algunos ha dado pie a la corrupción y arbitrariedades.

Efectivamente uno de los reclamos más persistentes y sentidos de los ciudadanos en México tiene que ver con el funcionamiento de la justicia penal. Diversos diagnósticos apuntan hacia la necesidad de realizar una profunda reforma en este campo. La mayor parte de los análisis disponibles parecen indicar que la procuración y la impartición de justicia en materia penal se encuentran oprimidas por varios y muy duros problemas. El sistema de justicia en México es lento, oscuro, corrupto e ineficiente. Aunque en los procesos intervienen policías, Ministerios Públicos, Jueces y abogados, es en los juzgados donde convergen las prácticas de corrupción más detestables. Entre muchas, una de las razones que hay bajo este manto de irregularidades es la naturaleza escrita de los procedimientos. El sistema se basa en "integrar el expediente", lo que significa que el Ministerio Público tiene que redactar cientos o miles de hojas para sustentar su caso y entregarlo a un Juez, quien deberá leer el abultado expediente y dictar sentencia sin haber si quiera escuchado a ninguna de las partes. Este sistema escrito provoca serias deficiencias en el proceso, pues tendrán que pasar meses y a veces años para que un caso sea resuelto. Por otro lado, el hecho de que el Juez no esté presente en las audiencias genera incentivos a la corrupción, además de desconfianza social a las instituciones de justicia.

Un principio básico para poder contar con una impartición de justicia confiable es que la tarea de los jueces se lleve a cabo a la vista de la sociedad. Nada daña más la credibilidad de la justicia que el hecho de que sus sentencias sean dictadas casi en secreto. El trabajo judicial debe hacerse bajo la mirada de todos los ciudadanos y, en particular, de los usuarios del sistema de justicia. Existen suficientes evidencias que nos demuestran que un sistema de juicios orales, en el que las pruebas se rinde bajo la mirada del público y en el que el juez escucha a las partes, es más confiable que un sistema escrito, como el que tenemos en México actualmente.

Claro que imponer los Juicios orales del common law o derecho anglosajón conduce a romper con la tradición del derecho mexicano adherido a la familia neoromanista que impuso el Code francés heredero del Derecho Romano que suma mas de dos mil años de tradición jurídica, lo que ha convertido la iniciativa en una de las más polémicas de los últimos años. La oralidad de los juicios puede o no ser beneficiosa, el problema no es tan sencillo, la cultura jurídica mexicana no se encuentra preparada para adoptar un sistema de oralidad total en los procesos, habría que analizar un sin numero de cuestiones. Es mucho lo que hay que hacer y una gran parte cabe en todos los abogados, ojala estén a la altura.

Si vamos a transitar de un sistema de justicia escrito e impersonal, a uno de tipo oral y público, con audiencias transparentes y en las que el Juez este siempre presente. Espero por todos, que ello reduzca al mínimo los incentivos a la corrupción y acelere la eficiencia de los procesos, elevando así la calidad de la justicia.


México lo merece

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